Gobierno promulga Ley de Gobiernos Municipales

(Boletín).- La Ley de Gobiernos Autónomos Municipales, promulgada este jueves por el Órgano Ejecutivo, trata temas fundamentales como el referido a la gobernabilidad en los municipios que se vio afectada en los últimos años por situaciones en las que se obligó, a veces, a la renuncia de concejales, y se produjeron cambios de alcaldes.

Para evitar este tipo de avasallamientos, la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales establece que no existen razones para suspender a autoridades electas democráticamente.
“La Ley cuida el voto ciudadano ya que el pueblo decide quiénes son sus alcaldes y concejales y estos deben cumplir con su gestión; no se los puede obligar a renunciar, salvo una sentencia ejecutoriada como manda la Constitución Política del Estado” dijo Fernando Ávila, Asesor General de Despacho del Ministerio de Autonomías.
Así también establece mecanismos para garantizar la separación de órganos, pues tanto la Constitución Política del Estado como la Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” establecen que el Ejecutivo y el Legislativo municipal deben estar separados y manejarse de forma distinta, esto para que el Concejo pueda ejercer una de sus atribuciones y deberes fundamentales: el control y fiscalización.
La norma también se refiere a las funciones del tesoro municipal y establece las atribuciones del Alcalde y el Concejo que es indispensable para la gobernabilidad.
Aclara el tema referente al control social dentro de los municipios y es ahora cuando la sociedad civil se organizará para participar y ejercer el control.
En el marco constitucional y competencial
La nueva Ley adecuará a los municipios al nuevo marco constitucional y servirá como Carta Orgánica para los municipios que, hasta la fecha, con cuenten con ella.
“La norma suple la falta de Cartas Orgánicas a la fecha en aquellos temas competenciales en el que los municipios no hayan legislado”, explicó Ávila.
El asesor manifestó que hay municipios que no harán sus cartas orgánicas por diversos motivos, uno de ellos es que muchos analizan la posibilidad de transitar u optar por la Autonomía Indígena Originaria Campesina (AIOC) y no les serviría una Carta Orgánica y sí un Estatuto Autonómico.
La Ley, que será promulgada por el presidente Evo Morales este 9 de enero en el Palacio de Gobierno, contendrá los parámetros mínimos que deben estar en una Carta Orgánica para que un municipio funcione dentro del marco constitucional.
Socialización a todo nivel
La ley fue socializada con la FAM y las Amdes y con la AMB, también fue discutida en las cámaras de Senadores y de Diputados a través de sus comisiones.
La norma regirá para los municipios que no cuentan  con una Carta Orgánica, pero es tan adaptable que los municipios que tengan una Carta Orgánica ya definida podrán utilizar algunos artículos de esta norma que no hayan sido legislados en su documento.
Si alguna Carta Orgánica de algún municipio requiere artículos de la nueva norma podrán utilizarlos en función a sus propias necesidades, pero si no requirieran de alguno podrán incluso modificarlo a su conveniencia y adaptarlo a su realidad.
(Fuente Boletín: Ministerio de Autonomías)
Foto ABI

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