Impuestos de Bolivia embarga bienes inmuebles de matutino El Diario


(BOLETÍN).- El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) procedió este jueves con el embargo de bienes inmuebles de grandes empresas que tienen millonarias deudas tributarias ejecutoriadas con la entidad recaudadora del Estado, informó su presidente Ejecutivo, Roberto Ugarte Quispaya.
(Tapa de El Diario de la edición de la fecha)



En el primer operativo de los varios que tiene programado, la Gerencia Graco La Paz del SIN, en uso de las facultades previstas en el Código Tributario y demás disposiciones civiles en actual vigencia, ha procedido a realizar el embargo de bienes inmuebles y otros bienes de la empresa Teycom SRL, de la empresa constructora Concordia S.A., del matutino El Diario S.A. y del contribuyente Juan Carlos Valdivia Flores, que tienen deudas pendientes por impuestos no pagados al Estado boliviano.

Conforme lo previsto por el Artículo 110 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003 y el Artículo  497 del Código de Procedimiento Civil, el embargo es el paso inicial para proseguir con el proceso de remate de los bienes embargados del contribuyente, conforme lo establecido por las Resoluciones Normativas de Directorio RND N° 10-0025-11 y  RND N° 10-0045-11 del Servicio de Impuestos Nacionales.

Según Ugarte, estas acciones permitirán que la Administración Tributaria recupere total o parcialmente las deudas impositivas que a la fecha están ejecutoriadas de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 108 de la Ley N° 2492.

En el caso de la empresa Concordia S.A., la Gerencia Graco La Paz del SIN explicó que la deuda ejecutoriada es de Bs. 14 millones y que el embargo afecta al edificio Emilia, ubicado en la calle Montevideo No. 6, entre Capitán Ravelo y Arce.

En el caso de la empresa Teycom SRL, la deuda ejecutoriada es de Bs. 271.883, por lo que se dio el embargo de un departamento en el 3º piso y garaje del edificio ubicado en la Av. Sánchez Lima No. 2624, zona de Sopocachi.

En el caso de El Diario S.A, la deuda ejecutoriada alcanza a Bs 128,5 millones (no incluye accesorios ni intereses), por lo que, en cumplimiento de la ley y resguardando los intereses del Estado, se adoptó la medida legal de la hipoteca legal y ahora embargo como medida previa al remate del inmueble ubicado en la calle Loayza No. 118 y 124.

En el caso del contribuyente Juan Carlos Valdivia Flores, la deuda alcanza a Bs 460.640 y el embargo afecta a una casa ubicada en calle No. 6 de la zona Alto Obrajes.

Si los bienes de las empresas no alcanzan a cubrir el adeudo tributario ejecutoriado, la Administración Tributaria puede además aplicar la “Derivación de la Acción Administrativa” figura jurídica prevista en el Articulo 32 del Código Tributario Ley N° 2492 y reglamentada por la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0020-13 vigente desde el 31 de mayo de 2013, normativa que tiene por objetivo que los que hubiesen administrado patrimonio ajeno (directores, administradores, gerentes y representantes legales de las empresas u otros) respondan con su patrimonio propio por el adeudo tributario generado y no pagado en su administración o gestión, y sus acciones sean dolosas e intencionadas.  

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